Descartan que haya matado a su exmujer actuando en defensa propia

El tribunal destacó la actitud de los querellantes particulares que aceptaron los gestos de arrepentimiento del homicida de su hija.

La Cámara en lo Criminal de 8ª Nominación -integrada por los camaristas Julio César Bustos, Eugenio Pérez Moreno y Juan Manuel Ugarte- descartó que el acusado Cristian Alberto Peralta haya obrado en legítima defensa cuando mató a su ex pareja, María José Urbaneja, quien se negaba a reanudar la relación.

Para morigerar la responsabilidad penal del acusado, la defensa había argumentado que, durante una discusión entre ambos, la mujer había empuñado una cuchilla y había infligido algunas heridas al imputado. Sin embargo, el tribunal señaló que esa circunstancia no genera una justificación de la conducta delictiva atribuida a Peralta puesto que “cuando el acusado se hizo del arma que instantes previos tenía en su poder María José Urbaneja, cesó todo peligro para él”.

“Pudo haberse ido de allí, pero no lo hizo. En vez de eso acometió contra su víctima en tres oportunidades sin parar hasta matarla. Inclusive se retiró del domicilio en dos ocasiones y en vez de alejarse definitivamente del lugar, volvió a ingresar al inmueble para culminar con su obra homicida, siendo que en esa ocasión María José se encontraba postrada en el suelo gravemente herida. En ese contexto fáctico, la primigenia agresión había perdido toda actualidad. Ya había cesado”, explicaron los vocales.

Asimismo, la Cámara 8ª de Crimen sostuvo que “aun admitiéndose el acometimiento previo de la víctima mediante el uso de la cuchilla, fue el propio autor que provocó esa circunstancia cuando dos semanas atrás la había amenazado con darle muerte y el mismo día la había privado de su libertad y conducido hasta su domicilio para obligarla a reanudar la relación”.

Grandeza moral

En la sentencia, los camaristas destacaron la actitud de los querellantes, padres de la víctima, quienes pese a haber perdido un ser “tan preciado y querido” por culpa del acusado “tuvieron la grandeza moral y la entereza de personas de bien, pocas veces vista en una Sala de Audiencias, para que, pese a todo el inmenso dolor que sentían, tuvieran la fuerza necesaria para incorporarse de sus asientos y aceptar mediante un mutuo abrazo o un apretón de mano -madre y padre, respectivamente-, el pedido de disculpas del acusado”.

De todos modos, el tribunal precisó que tomó “con pinzas” las manifestaciones de arrepentimiento formuladas por el acusado al inicio del debate y al hacer uso de la última palabra. “Sólo puedo ponderarle en su favor el hecho de haber reconocido el daño que con su obrar les causó a la familia Urbaneja y a su propia familia, pero en todo lo demás, como se vio de sus descargos defensivos, negó haber tenido responsabilidad, cargando por el contrario las tintas de lo sucedido en actitudes descalificativas hacia su propia víctima”, expresó el camarista Bustos.

En cambio, el tribunal consideró “agravante de la pena” que el homicida haya dejado “una criatura sin una madre” y que, pese a los esfuerzo de su prima por alejarlo en dos oportunidades de la escena del crimen, el acusado haya vuelto a atacar a su ex pareja para finiquitar su designo criminal.



Causa: “Peralta, Cristian Alberto p.s.a. homicidio simple, etc. (Expte. Nº 1105445)”
Fecha: Córdoba, 7 de abril de 2015.
Fuente: http://www.justiciacordoba.gob.ar/justiciacordoba/indexDetalle.aspx?enc=EPGFZ4d8HsvDrbJpxqQqjg==

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