Exención a Ganancias de los jueces le cuesta al fisco $ 365 millones


El monto corresponde a la estimación del presupuesto 2012. El beneficio lo otorgó la Corte menemista y aún sigue vigente. Los magistrados se niegan a pagar porque sostienen que ello afectaría su independencia.
El Estado nacional dejará de recaudar el año próximo $365 millones, según la estimación que se realizó en el presupuesto 2012, presentado por el ministro de Economía, Amado Boudou. La razón de ello, la exención del impuesto a las Ganancias que se aplica desde hace 15 años a los jueces argentinos.
Los especialistas reconocen que este es el tributo más progresivo en la estructura impositiva argentina: a mayor salario, mayor contribución. Pero la ley no es pareja para todos. Los jueces, sea cual fuere su estado civil, son los únicos funcionarios públicos de toda Argentina que están exentos de pagarlo.
Son más de 20 mil jueces nacionales y provinciales, secretarios judiciales, miembros de los ministerios públicos nacionales y provinciales e integrantes de los tribunales de Cuentas provinciales que no pagan Ganancias.
En números, $365 millones no es una cantidad exorbitante. Así lo explicó a Comercio y Justicia el contador y economista Salvador Treber, quien precisó que para el año próximo el Estado nacional prevé recaudar más de mil millones de pesos sólo en lo que al impuesto a las Ganancias se refiere. Sin embargo, en ese ítem, si se toman en cuenta los últimos tres años, el Estado dejó de recaudar casi 700 millones de pesos: 195,2 millones en 2009, 234,2 millones en 2010 y 269,4 millones este año.
Más allá del monto y de lo que implique la exención para las arcas del Estado nacional, Treber fue contundente: “De lo que aquí estamos hablando es de igualdad ante la ley; que los jueces paguen el impuesto a las ganancias es importante desde el punto de vista ético”. Y agregó: “ El Poder Judicial se dignificaría si pagaran este tributo”.
Consultado por este diario, el presidente de la Asociación de Magistrados  que nuclea a todos los jueces del país, Luis María Cabral, opinó que la imposición del tributo no es inconstitucional por sí mismo aunque sí lo es si se afecta sus salarios.
“Los sueldos de los jueces están calculados teniendo en cuenta que no pagan Ganancias. Por otra parte, no creo que este tema sea una deuda de la democracia como se dice por ahí”, concluyó.
Cabe recordar que en Córdoba – en contrapartida – la vocal del Tribunal Superior de Justicia, Mercedes Blanc de Arabel fue una de las magistradas que se pronunció a favor de que los magistrados paguen este tributo.
¿Y la Corte?
Oportunamente, algunos de los integrantes de la nueva Corte Suprema también se manifestaron individualmente a favor del pago del impuesto a las ganancias por parte de los jueces. Juan Carlos Maqueda, como diputado nacional, fue redactor del proyecto de ley que establecía que los jueces debían pagar impuesto a las ganancias. Por su parte, tanto Raúl Zaffaroni como Elena Highton, Carmen Argibay y Ricardo Lorenzetti, ante la Comisión de Acuerdos del Senado declararon públicamente que en tanto se respeten los criterios de igualdad y generalidad, los jueces debían pagar el impuesto. Enrique Petracchi, en su momento, consideró que existían argumentos a favor y en contra del pago, pero que nunca el tema pudo haberse resuelto por una acordada.
Sin embargo, en una sentencia del 28 de septiembre de 2010 el Máximo Tribunal hizo lugar a la demanda presentada por el fiscal de Estado de la provincia de Buenos Aires para que se declare que sus remuneraciones no deben pagar el impuesto a las Ganancias ya que sus cargos son equiparables al de los jueces.
La historia de la aplicación del impuesto a las Ganancias a los jueces ha tenido sus idas y venidas: en marzo de 1996 se sancionó la ley 24631, que eliminó la exención del impuesto a las Ganancias para legisladores y jueces. Los legisladores pagan el impuesto a las Ganancias desde entonces. Sin embargo, un mes después, la Corte Suprema, por medio de la Acordada 20/96, declaró a dicha ley inaplicable a los jueces, funcionarios judiciales y causahabientes, por lo que aún continúan beneficiándose con la exención.
Esa acordada la dictó el Máximo Tribunal, de oficio y sin caso concreto. Es decir, pasando por alto el principio por el cual la declaración de inconstitucionalidad de una ley se aplica para el caso concreto y como última solución a un conflicto entre partes.
El fondo del asunto es el siguiente: la Constitución establece la intangibilidad de los salarios de los jueces. Esta cláusula, cuya fuente es el artículo 3, sección 1, de la Constitución de Estados Unidos, tiene por objeto proteger a los jueces de presiones indebidas del Congreso por medio del manejo de sus salarios.
Sin embargo, gran parte de la doctrina interpreta que un impuesto de carácter general jamás puede tener este efecto. Y entiende que no debería haber inconvenientes constitucionales para que jueces y fiscales soporten, como el resto de los ciudadanos, la carga del impuesto a las Ganancias.
Sin tratamiento
Desde 1994 hasta la fecha se presentaron 25 iniciativas legislativas que buscaron igualar a los jueces con el resto de los contribuyentes. La misma Cristina Fernández siendo senadora y luego presidenta  insistió sobre la necesidad de una reforma que incluya que los magistrados paguen el impuesto a las Ganancias. Sin embargo, el tema nunca llegó al recinto.

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