Amparo por aborto no punible excluye a hospitales nacionales

El juez provincial en lo Civil y Comercial de 30° Denominación, Federico Ossola, rechazó un pedido de Portal de Belén.

El juez provincial en lo Civil y Comercial de 30° Denominación, Federico Ossola, rechazó un pedido de Portal de Belén.
La organización había pedido que la guía para el tratamiento de abortos no punibles elaborada por la Provincia también quede sin efecto en hospitales nacionales.
El mismo juez le había concedido el viernes pasado la suspensión provisoria del protocolo para hospitales provinciales. Portal de Belén insistió en que esa suspensión alcance a todos los centros de salud, públicos o privados, incluidos aquellos que dependen del Estado nacional y actúan en el territorio provincial.
Ossola rechazó el pedido fundamentando que la Provincia no tiene poder de Policía en lo que respecta a los centros de salud que dependen de la Nación, como el Clínicas y la Maternidad nacional.
Sin embargo, el juez aclaró que la suspensión debe ser cumplida por la Provincia en “todos los centros de salud que sean de su jurisdicción, públicos o privados, en donde ejerza el poder de Policía”.
En el pedido de ampliación de la demanda, Portal de Belén solicitó la declaración de inconstitucionalidad “en todos sus términos” del artículo 86 del Código Penal, que prevé los casos de aborto no punible. En cuanto a ese punto, el juez decidió ampliar la demanda.
La resolución de Ossola “abarca a todos los hospitales que ejercen sus funciones en el marco de la Provincia de Córdoba y no están bajo la órbita nacional”, por lo que incluye a los centros privados, según aclararon fuentes judiciales a La Voz.
Así, los únicos centros de salud donde está garantizada la atención de abortos en casos de violación son el Clínicas y la Maternidad nacional.
Ayer, la Provincia se presentó ante la Justicia para apelar la medida cautelar que suspende la aplicación de la guía en hospitales provinciales, para los casos de violación.

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