Declaran la inconstitucionalidad de la pena de cuatro años por robar un cabrito en Córdoba

La Cámara de Villa Dolores hizo lugar al pedido de inconstitucionalidad del artículo 167 de la ley 25.890 presentado por la defensora de un peón de campo que por robar un cabrito debía recibir un pena de cuatro años de prisión.

La Justicia de Villa Dolores hizo lugar a un pedido presentado por la abogada María Noel Costa, defensora de un peón de campo acusado de robar un cabrito, para que se declare la inconstitucionalidad del artículo 167 de la ley 25.890, sancionada en mayo de 2004.

El fallo se dictó en diciembre pasado y Costa logró que su defendido recupere la libertad, sin perjuicio de que el proceso siga su curso, pero con la salvedad que no se puede aplicar el artículo 167 quater al peón que robó el cabrito.

Según el artículo 167 quater de la ley 25.890, se prevé reclusión o prisión de cuatro a diez años cuando en el abigeato concurriere circunstancias como por ejemplo, que quien comete el delito sea peón de campo.

En diálogo con Cadena 3, Costa señaló que es la primera vez en Córdoba que se declara la inconstitucionalidad de esta ley y explicó las razones.

"La sentencia es correcta jurídicamente, pero el legislador al momento de tipificar la conducta, tuvo una clara equivocación, por la desproporción de la escala punitiva, que no es razonable", señaló Costa.

La abogada señaló que al momento de la sanción de ley, se la trató sobre tablas en el Senado de la Nación, por la presión mediática y de la sociedad (mayo de 2004), cuando estaba muy fresca la horrible muerte de Axel Blumberg, asesinado tras un secuestro exprés.

Para señalar la desproporción entre el bien a proteger y la pena, la Costa ejemplificó: "En un homicidio culposo, la pena va de los seis meses a los cinco años, o en un aborto sin consentimiento de la madre la pena es de 3 a 10 años".

Cuando el proyecto de la ley 25.890 ingresa al Senado, "lamentablemente fue un momento de inflación de la ley penal y la iniciativa se trató sobre tablas y se aprobó".

Costa explicó: "Los diputados en su fundamento dicen que no sea excarcelable el delito de abigeato cuando se dan las circunstancias descriptas en el artículo 167 quater".

La defensora del peón estimó que esta situación se produjo en un momento particular de sensibilidad de la sociedad y de los medios, entonces "los legisladores legislan en estado de emoción violenta".

Costa también señaló que el "recurso de inconstitucionalidad se planteó para esta situación y por eso la Cámara de Villa Dolores lo excarceló, sin perjuicio de que siga adelante el proceso por el robo de un cabrito".

En otras jurisdicciones también se planteó y se declaró la inconstitucionalidad del polémico artículo 167 quater de la ley 25890.

Por ejemplo, en la Cámara de Juicio en lo Criminal de Zapala se declaró la inconstitucionalidad de las agravantes previstas para el abigeato en los incisos 2º y 6º del artículo 167 quater del Código Penal.

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