Ex funcionario radical debe indemnizar por daño moral a juristas

El demandado había promovido jury -luego rechazado- contra un juez penal y un fiscal de Instrucción, hoy fallecido, y usó calificativos “irrespetuosos e insolentes”.
Al confirmar la condena por el daño moral ocasionado por las expresiones ofensivas que formuló el demandado en la denuncia que presentó -y luego fue desestimada- ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Provincia en contra de dos funcionarios de la Justicia penal, la Cámara 1ª Civil y Comercial de Córdoba destacó que los términos de tal denuncia configuraron un “abuso del derecho”, en tanto allí adjudicó a los denunciados “una serie de comportamientos totalmente reñidos con la moral y con el derecho, y con la explicita intención de descalificarlos funcionalmente, pero además con términos y calificativos absolutamente denigrantes para un funcionario y para cualquier ser humano”.
El tribunal de apelación ponderó que “no se puede poner en duda que presentar una denuncia ante el Tribunal de Enjuiciamiento (…) es un derecho con el que contaba la parte demandada, y que del mismo modo el ejercicio regular de un derecho propio no puede convertir en ilícito ningún acto (artículo 1071 Código Civil) (…) pero también es cierto que la ley le ha puesto una limitación a ese derecho, explicitada por el agregado que la ley 17711 efectuó al artículo 1071, párrafo que condena el ejercicio abusivo de los derechos”.
El jury que promovió Rolando Villagra -ex funcionario radical- contra Daniel Ernesto Ferrer Vieyra -entonces juez penal, luego camarista- y Luis Eduardo Villalba -fallecido fiscal de Instrucción- fue rechazado en 1996 y derivó en la demanda por daño moral, en virtud de la cual el juzgado de origen dispuso que el accionado indemnice a cada uno de los denunciados en más de 26 mil pesos.
Pese a la apelación de Villagra, la citada Cámara integrada por Guillermo Tinti –autor del voto- y Julio Sánchez Torres, ratificó lo resuelto, en función de “la intención ofensiva y descalificante, irrespetuosa y hasta insolente”, que tuvo Villagra respecto de los actores, en tanto “las conductas que atribuye a los actores Villalba y Ferrer son, como mínimo, delictuales, inmorales, deshonrosas”.
En la misma inteligencia, se reafirmó que “bien leídas las piezas en las que se formulan las denuncias ante el tribunal de enjuiciamiento, los actores son puestos derechamente como operadores de mala fe, malintencionados, incapaces, ignorantes, incumplidores de la ley y de los deberes de su función, ocultadores de prueba” y “está claro que en los instrumentos de denuncia que venimos mencionando el denunciante no narra simplemente lo acaecido en el expediente penal, sino que incurre en la diatriba; agrega sus propias valoraciones, y todo lo hace expresándose no de manera crítica sino insultante, con total aptitud -y creo también que intención- de zaherir”.

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