Presentaron un amparo para que condenados puedan votar
Se solicitó la declaración de inconstitucionalidad de normas de los códigos Electoral y Penal, resaltándose que el derecho está garantizado de modo enfático.
L a Asociación por los Derechos Civiles (ADC) interpuso ante el Juzgado Federal número 1 porteño, a cargo de la jueza María Servini de Cubría, un amparo colectivo en contra del Estado nacional (ministerios de Justicia y Derechos Humanos y del Interior), en favor del derecho al voto de las personas condenadas por delitos o sancionadas por faltas excluidas del padrón por la legislación vigente.
La ADC expresó que la restricción del derecho al voto prevista en el Código Electoral Nacional y en el Código Penal de la Nación es “ilegal, desproporcionada y claramente contraria a diversos artículos de la Constitución Nacional y de instrumentos internacionales de derechos humanos, en tanto impiden que miles de ciudadanos sufraguen y que la sociedad construya sus resultados electorales con el concurso de sus votos”.
Los incisos e), f) y g) del artículo 3º del Código Electoral Nacional y el inciso 2 del artículo 19 del Código Penal de la Nación excluyen del padrón de electores a los condenados a pena privativa de libertad por delitos dolosos, por faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos y a los sancionados por la infracción de deserción calificada, se encuentren alojados en establecimientos penitenciarios o sometidos a cualquier otro régimen de cumplimiento de la sanción.
La ADC solicitó la declaración de inconstitucionalidad de aquellas normas y la incorporación de los excluidos al padrón correspondiente a las elecciones generales de 2011 y a todas las que se realicen en el futuro.
Mecanismo
En el caso de quienes purgan penas privativas de la libertad, la entidad pidió la aplicación del mecanismo del artículo 3 bis del Código Electoral, previsto para los procesados con prisión preventiva. Respecto a las personas que gozan de libertad ambulatoria, propició su inclusión en el padrón ordinario.
La asociación resaltó que el derecho a votar está garantizado en la Carta Magna de modo enfático y transparente, ya que asegura el pleno ejercicio de los derechos políticos y reconoce la universalidad e igualdad del sufragio. Así, sostuvo que la restricción cuestionada, al reducir el número de electores, debilita el funcionamiento del sistema democrático.
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