El bronce de Bialet Massé


El ingreso de Bialet Massé al Olimpo jurídico ratifica su imprescindibilidad y verdadero lugar en el derecho. César Arese*.

El busto de Juan Bialet Massé entronizado ayer en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba adquiere un poder simbólico que supera el lenguaje del bronce. Ahora comparte espacio con las estatuas del autor del Código Civil, Dalmacio Vélez Sársfield, y el inspirador de la Constitución Nacional, Juan Bautista Alberdi. El redactor del Informe sobre el estado de las clases obreras en el interior de la República no sólo merece ese lugar por su condición de fundador del Derecho del Trabajo.
El constructor del dique San Roque se valió y elogió el artículo 19 de la Constitución Nacional que obliga a la reparación de los perjuicios personales derivados de los accidentes y enfermedades que produce el trabajo. Un siglo después que publicara su tratado de los accidentes del trabajo según la ley y jurisprudencia argentina (1904), la Corte Suprema recuperó aquella norma aplicándola a la reparación de daños a la integridad psicofísica de los trabajadores en el caso Aquino.
Bialet Massé trabajó por una ley nacional que hubiera implicado un código laboral y su autonomía jurídica, pero fue un admirador de la obra de Vélez Sársfield. Al dedicar esa obra a la Sociedad de Obreros Estibadores de la Ribera del Puerto de Rosario, sugirió que podrían instrumentarse leyes especiales de protección laboral, pero “no hay que tocar el Código Civil”. Afirmó que Vélez Sársfield “no hizo derecho obrero, hizo derecho humano” e “hizo más por los obreros que los que dicen que particularmente predican y legislan para ellos”.
Fue un riguroso exegeta del Código Civil y se movía cómodamente en la doctrina civil francesa, italiana y alemana, pero adoptó una posición crítica desde el punto de vista de los trabajadores y sus padecimientos. Sus tesis apuntaron a ampliar la responsabilidad por los daños personales al afirmar que los seres humanos y su trabajo debían estar fuera del comercio. Encontraba las respuestas en la obra de Vélez Sársfield, a la que aportó la “teoría de la sustitución”, responsabilizando por los siniestros laborales a quien se vale de las cosas. Decía que el que tiene lo cómodo de las cosas, debe soportar lo incómodo de ellas y su peligro, con indiferencia de su culpa. Se trataba de un sistema de responsabilidad objetivo incorporado muchos años más tarde al Código Civil para las cosas riesgosas.
“Hemos tenido en cuenta –decía Bialet– que escribíamos para las masas obreras y que ellas lo que necesitan era aprender el conocimiento de sus derechos para ponerlos en acción, para reclamarlos, para evitar que se les dirija mal y que se dejen seducir por las leyes europeas, perniciosas para sus derechos”.
La independencia de su pensamiento quedó patentizada en el prefacio al Tratado: “Los amantes sinceros de la humanidad, especialmente en su parte más numerosa y desgraciada, los que no buscan en su defensa una escalera para trepar a lo alto y darles luego piedras a los de abajo; los que no están perturbados por las ilusiones irrealizables, no pueden, no deben hacer otra cosa que ilustrar a esas masas sobre sus derechos, aconsejarles que los reclamen gradualmente, con la fuerza de su razón, sostenida por la cadena de la unión, que la hace irresistible en su marcha hacia delante y arriba”.
La historia confirmó esa larga, zigzagueante y forzada marcha hacia la consolidación del Derecho del Trabajo. Es cierto que le quedan grandes deudas, como mejorar las condiciones laborales y reducir la cantidad de siniestros, asegurar la completa regularidad registral o garantizar la participación en la empresa como ordena el artículo 14 bis de la Constitución, pero el ingreso de Bialet Massé al Olimpo jurídico ratifica su imprescindibilidad y verdadero lugar en el derecho.
*Doctor en Derecho y profesor de Derecho del Trabajo de la UNC.

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