Piden multar al PJ por recibir fondos de concesionarios

Lo reclamó el fiscal Enrique Senestrari a la Cámara Nacional Electoral. Advirtió de que no puede dejarse pasar el “artilugio” de que integrantes de empresas hagan donaciones en carácter personal.
El fiscal federal Nº1 Enrique Senestrari (foto) solicitó a la Cámara Nacional Electoral que revoque un fallo de primera instancia y sancione al Partido Justicialista – alianza Unión por Córdoba y a distintas empresas por los fondos donados en violación a lo dispuesto por la Ley de Financiamiento de Partidos Políticos.
De los informes presentados por el partido surgen donaciones directas realizadas por la Asociación Hotelera de Córdoba y la Cámara de Turismo de Córdoba, y donaciones indirectas realizadas por Aldo Benito Roggio, Mario Buttigliengo, María Esther Boetto, Miguel Ángel Romero Cammisa, Carlos Alberto Bergoglio y Martín Guillermo Amengual.
La presentación del fiscal tuvo en cuenta el informe del contador auditor Guillermo Stefanini y sostuvo que estas donaciones constituyen una violación a la Ley 26.215 -de Financiamiento de Partidos Políticos-, por haber sido realizadas por “empresas concesionarias de servicios u obras públicas de la Nación, las provincias, los municipios o la ciudad de Buenos Aires” o por “asociaciones sindicales, patronales y profesionales”, en contradicción con lo que establece el artículo 15 de la ley al enumerar los supuestos de prohibición para recibir fondos. El fiscal fundó su apelación en que no se tuvo en cuenta el análisis efectuado por el auditor contable, quien explicó detalladamente por qué se configuran las infracciones a los artículos de la Ley de Financiamiento de Partidos Políticos.
Para el fiscal, no sancionar al partido implicaría considerar válido “el simple artilugio de hacer aparecer que integrantes de las distintas empresas, sociedades y asociaciones interesadas declaren hacer las donaciones en carácter personal para que no se configuren las prohibiciones previstas por el artículo 15, que expresamente dispone: “Los partidos políticos no podrán aceptar o recibir, directa o indirectamente…”, evadiendo de esa forma la finalidad que tuvieron los legisladores al dictar normas que buscan la democratización, la transparencia y la equidad electoral”.
Senestrari especificó además que este financiamiento resulta pernicioso, ya que permite que los partidos políticos representen intereses privados o particulares de quienes contribuyen a su sostenimiento, convirtiéndose en una posible fuente de tráfico de influencias.
Es por esto que el fiscal solicitó a la Cámara que aplique las sanciones previstas en los artículos 62 y 66 de la misma ley, los cuales contemplan penalidades económicas para el partido y para quien realice las donaciones en violación a la norma, sin perjuicio de las actuaciones que se tramiten por separado para establecer las responsabilidades personales y, en su caso, las sanciones que pudieren corresponder.
Las donaciones
- Aldo Roggio: $30.000
- Mario Buttigliengo: $20.000
- María Esther Boetto (apoderada de la constructora Boetto y Buttigliengo): $20.000
- Miguel Cammisa ( Romero – Cammisa construcciones): $20.000
- Carlos Bergoglio (Electroingeniería y otros): $20.000
- Martín Amengual: (Ceduc) $30.000

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