Por qué recordar el Día de la Constitución Naciona
Hay que profundizar la enseñanza de la Constitución Nacional. Sólo así podremos dejar atrás nuestra decadencia institucional y elevar la cultura política. Antnio María Hernández.
Durante la celebración del sesquicentenario de la sanción de la Constitución Nacional de 1853, la Asociación Argentina de Derecho Constitucional desarrolló, en 2003, un amplio programa de actividades que incluyó la edición de un libro, además de los pedidos de sesiones especiales de homenaje en el Congreso y de la sanción de una ley que declarara al 1º de mayo como Día de la Constitución Nacional. A ello se sumó la propuesta de modificación de los planes de estudio en los distintos niveles educativos.
El 19 de febrero de 2003, como presidente de la Asociación y junto a los miembros Alberto Dalla Vía y Alberto García Lema, presenté las notas respectivas en sendas reuniones con los entonces presidentes de las cámaras de Diputados y de Senadores, Eduardo Camaño y José Luis Gioja, respectivamente.
El 20 de febrero hicimos lo propio con quien era secretario de Educación de la Nación, Ricardo Biazzi, para solicitarle que en todas las jurisdicciones de gobierno se programaran –a través del Consejo Federal– actividades similares, y ofrecimos además la colaboración para elaborar los respectivos programas de Educación Cívica.
El 7 de mayo de 2003 se produjo una sesión especial en el Senado, para dar tratamiento a diversas iniciativas de conmemoración del sesquicentenario: de declaración de la entonces senadora Cristina Fernández de Kirchner; de resolución de los senadores Falcó, Bar, Walter, Gómez de Bertone y Lozada, y de leyes del senador Gioja y de los presidentes de bloques, para la declaración del 1º de mayo como Día de la Constitución Nacional, y de la senadora Negre de Alonso, para la declaración de ese día como Día Nacional de la Ciencia Jurídica.
En esa sesión –presidida por el titular provisorio del Senado, José Luis Gioja, a la que también concurrimos– usaron de la palabra los senadores Eduardo Menem, Moro, Gómez Diez, Negre de Alonso, Cafiero, Salvatori y Pichetto.
Con fuerza de ley. Finalmente, el Congreso sancionó la ley número 25.863, el 4 de diciembre de 2003, promulgada por el presidente Néstor Kirchner el 8 de enero de 2004, que en su artículo 1º dispone: “Declarase el día 1º de mayo de cada año como Día de la Constitución Nacional, en conmemoración de su sanción, acaecida el 1º de mayo de 1853 en Santa Fe”.
Por el artículo 2º, se ordenó que “el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, en coincidencia con las autoridades educativas de las distintas jurisdicciones y en el ámbito del Consejo Federal de Cultura y Educación, acordará la inclusión de jornadas alusivas al día nacional instituido por el artículo anterior, en los respectivos calendarios escolares y académicos de los niveles medio y superior. El objetivo de estas jornadas será el de reflexionar sobre los significados, importancia y efectividad de los postulados normativos de nuestra Constitución, particularmente, los derechos y garantías de los habitantes y la observancia de los valores democráticos”.
Tan trascendente ley completó el debido homenaje que le faltaba a nuestra Constitución, ya que junto con la Revolución de Mayo y la Declaración de la Independencia constituyen los tres momentos fundacionales de nuestra organización política e institucional. Con todo, fue groseramente incumplida, como otra muestra más de la anomia que nos caracteriza, como con agudeza analizara Carlos S. Nino en su libro Un país al margen de la ley .
Incumplimientos. Pero esta cuestión tiene mayor gravedad que otros casos, porque ha sido el Poder Ejecutivo el que–por el decreto de necesidad y urgencia 1.584/10–, al fijar los feriados nacionales, sólo indicó en el 1º de mayo el Día del Trabajo, obviando el Día de la Constitución Nacional. Y lo propio ha ocurrido en cuanto a las obligaciones establecidas para el ministerio mencionado y el Consejo Federal de Educación.
Más allá de la inconstitucionalidad de ese decreto, que no resiste análisis alguno a tenor de la muy clara redacción del artículo 99, inciso 3, de la Constitución, confiamos en que tan grave omisión sea superada a la brevedad posible, para el cumplimiento de la ley 25.863.
Por eso, en la obra Encuesta de cultura constitucional; Argentina: una sociedad anómica ”, junto con Daniel Zovatto y Manuel Mora y Araujo hemos propuesto que en el Congreso, en las legislaturas y en los concejos deliberantes se creen comisiones especiales que controlen el cumplimiento de las normas.
Además, insistimos en la necesidad de profundizar la educación democrática en todos los niveles de la educación, a partir de la enseñanza de la Constitución, que es la Nación Argentina hecha ley, según las acertadas palabras de Juan María Gutiérrez. Sólo así podremos dejar atrás nuestra decadencia institucional y elevar nuestra cultura política y constitucional.
*Ex convencional constituyente; presidente honorario de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional.
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